La Asociación Profesional de Detectives Privados de España (APDPE) ha propuesto que los gastos derivados de sus investigaciones privadas se incluyan en las costas de los procesos judiciales o como daños y perjuicios, para garantizar el derecho a una Justicia gratuita para todos los ciudadanos.
Actualmente, se pueden encontrar numerosas noticias donde el investigado tiene que abonar las costas judiciales donde incluyen el informe del detective privado.
A continuación, os dejo varios enlaces donde encontrarlo:
Imponen el pago de las costas de un juicio a un padre que ocultó datos para pagar menos pensión
Una juez de Sevilla condena en costas a un ex piloto de Iberia que ocultó datos para intentar rebajar la pensión de alimentos de su hijo
https://www.diariodesevilla.es/sevilla/paga-detective_0_896910496.html
En el problema de absentismo escolar tenemos una parte “buena”. Como nuestros detectives privados han podido comprobar, existen comportamientos comunes en los adolescentes que deberían de ponernos en alerta.
El acoso no solo está dentro de las clases. El aumento del acoso escolar o bullying
es realmente preocupante. La víctima se ve cada vez más encerrada y presionada, con lo que su mejor arma -aparentemente- es encerrarse en sí mismo y no salir de su habitación.
Nuestro hijo comienza a fallar en los estudios. El comportamiento y la forma de relacionarse con su familia comienzan a ser distante y posiblemente con notorias faltas de respeto y desafíos a la autoridad. No quiere encargarse de sus tareas, con lo que se ocasionan constantes discusiones. Estas discusiones no solo se producen con las figuras de autoridad, es muy posible que si tiene hermanos mayores o menores también se debiliten la relación con estos. Aparecen las faltas de respeto, las subidas de tono.
Los jóvenes que tienen este tipo de problemas suelen tomar una postura huraña. Pasan largas horas encerrados en su cuarto, saliendo únicamente para comer. Sabemos que algo le pasa, pero ¿cómo podemos hablar con él si solo hay discusiones?
Hay situaciones que a todos nos hacen saltar las alarmas. Sabemos que algo está sucediendo, que las compañías de nuestro hijo parecen no ser las adecuadas.
Si cree que a su hijo le puede afectar el problema del absentismo escolar, si le preocupa su comportamiento no dude en
contactar
con nosotros. Tenemos una larga experiencia en este tipo de investigaciones. Ofrecemos asesoramiento completamente gratuito y seguimiento durante la investigación. De este modo, nuestros clientes siempre tendrán a su disposición toda la información necesaria para poder afrontar este problema adecuadamente.
Según los sociólogos el absentismo laboral puede ser de tres tipos:
El absentismo laboral no previsible y sin justificar
El Estatuto de los Trabajadores , en su artículo 58, habla sobre las faltas y sanciones de los trabajadores. En el apartado 1, la citada ley señala que “los trabajadores podrán ser sancionados por la dirección de las empresas en virtud de incumplimientos laborales, de acuerdo con la graduación de faltas y sanciones que se establezcan en las disposiciones legales o en el convenio colectivo que sea aplicable.” Es decir, la sanción a imponer al trabajador será la que se fije en el convenio colectivo de aplicación.
Ante la imposibilidad de poder llevar un control exhaustivo de todos sus trabajadores DETMAR Detectives pone a su disposición una serie de servicios:
Si usted cree que su empresa está sufriendo absentismo, no dude en contactar con nosotros.
Exponemos la doctrina sobre la atribución del uso de la vivienda familiar a los hijos menores de edad.
Antes de nada recordamos que el artículo 96 del Código Civil , dispone:
«En defecto de acuerdo de los cónyuges aprobado por el Juez, el uso de la vivienda familiar y de los objetos de uso ordinario en ella corresponde a los hijos y al cónyuge en cuya compañía queden.
Cuando algunos de los hijos queden en la compañía de uno y los restantes en la del otro, el Juez resolverá lo procedente.
No habiendo hijos, podrá acordarse que el uso de tales bienes, por el tiempo que prudencialmente se fije, corresponda al cónyuge no titular, siempre que atendidas las circunstancias, lo hicieran aconsejable y su interés fuera el más necesitado de protección.
Para disponer de la vivienda y bienes indicados cuyo uso corresponda al cónyuge no titular se requerirá el consentimiento de ambas partes o, en su caso, autorización judicial.»
La regla general sobre la atribución del uso de la vivienda familiar a los hijos menores de edad viene establecida en la SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO de 1.04.2011 que fija la siguiente doctrina:
«la atribución del uso de la vivienda familiar a los hijos menores de edad es una manifestación del principio del interés del menor, que no puede ser limitada por el Juez, salvo lo establecido en el Art. 96 Código Civil».
La investigación policial comenzó debido a las numerosas denuncias que se habían recibido sobre la presunta actividad delictiva en que pudiera estar incurriendo el responsable de un despacho de detectives de la capital hispalense.
Los agentes se desplazaron hasta el despacho de detectives privados en cuestión y pudieron comprobar que la persona que figuraba como administrativo, era la misma que hacía valer su condición de detective ante los clientes y así se había perpetuado en el tiempo desde el año 2006.
Además los agentes pudieron constatar en la inspección al despacho, la falta de diligencia y transparencia en la tramitación y el registro de las investigaciones , la ausencia del Libro Registro obligatorio
, en el que deben reseñarse cronológicamente aquellas, así como contratos, muchos de ellos falsificados y facturas por diversos importes.
Las víctimas, los clientes, se obligaban a abonar facturas superiores a las inicialmente estipuladas , con el engaño de la prórroga y la dilación en el tiempo de las investigaciones; así como los investigadores detectaron, que en muchos de los contratos, el detenido falsificaba la firma de los detectives supuestamente contratados para la realización de las investigaciones.
Por estos hechos los agentes detuvieron al presunto autor de estos que al carecer de antecedentes policiales, tener domicilio conocido y ofrecer las garantías suficientes de que no va a sustraerse a la acción de la Justicia, se dispuso su puesta en libertad con cargos, bajo el apercibimiento de comparecer ante la Autoridad Judicial, cuando fuere requerido para ello.
Esta investigación ha sido llevada a cabo por la Unidad Territorial de Seguridad Privada de la Brigada Provincial de Seguridad Ciudadana de Sevilla.
LOS DETECTIVES PRIVADOS INVESTIGAN ASESINATOS
Según recoge el art. 48 1.c de la Ley 5/2014 de Seguridad Privada, los Detectives Privados están facultados para la realización de averiguaciones y la obtención de información y pruebas relativas a delitos sólo a instancia de parte por encargo de los sujetos legitimados en el proceso penal.
Desde que se aprobara la Ley de 7 de julio de 1981, conocida como Ley del Divorcio, la custodia de los hijos se atribuía a uno de los progenitores, correspondiendo al otro un régimen de estancia y visitas.
El tiempo y las investigaciones de los detectives privados han demostrado que esta forma de custodia exclusiva no ha sido nada favorable para la estabilidad emocional de los hijos, en la mayoría de los casos.
Por esta razón, la Ley 15/2005, de 8 de julio , por la que se modifican el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio introduce el régimen de custodia compartida.
Sin embargo, esto no significa que automáticamente se otorgue la custodia compartida en todos los casos.
Son numerosas las ocasiones en las que uno de los progenitores solicita judicialmente la custodia compartida amparándose en unos horarios laborales que la facilitan. Aquella persona que pretenda probar el verdadero horario laboral del otro progenitor debe probarlo en el juzgado. Para ello, se necesitan informes de detectives privados que acrediten que el horario al que hace referencia uno de los progenitores no es el que dice ser.